Preguntas Frecuentes

¿CUALES SON LAS NORMAS DEL COMPARENDO AMBIENTAL?

01 -Presentar para la recolección, los residuos sólidos en horarios no autorizados por la empresa prestadora del servicio.
02 - No usar los recipientes o demás elementos dispuestos para depositar los residuos sólidos, de acuerdo con los fines establecidos para cada uno de ellos.
03-  Arrojar residuos sólidos o escombros en espacio público en sitios no autorizados.
04 - Arrojar residuos sólidos o escombros en espacio público o en sitios abiertos al público como teatros, parques, colegios, centros de atención de salud, expendios de alimentos, droguerías, sistemas de recolección de aguas lluvias y sanitarias y otras estructuras de servicios públicos, entre otros.
0 5 - Arrojar escombros o residuos sólidos a humedales, páramos, bosques, entre otros ecosistemas .
0 6- Extraer parcial o totalmente, el contenido de las bolsas y recipientes para los residuos sólidos, una vez presentados para su recolección, infringiendo las disposiciones sobre recuperación y aprovechamiento previstas en el Decreto 1713 de 2002.
0 7 -Presentar para la recolección dentro de los residuos domésticos animales muertos o sus partes, diferentes a los residuos de alimentos, en desconocimiento de las normas sobre recolección de animales muertos previstas en el decreto 1713 de 2002 .
0 8 -Dificultar la actividad de barrido y recolección de residuos sólidos o de escombros.
0 9 -Almacenar materiales y residuos de obras de construcción o de demoliciones en vías y/o áreas públicas.
10- Realizar quema de residuos sólidos y/o escombros sin los controles y autorizaciones establecidos .
11 - Instalar cajas de almacenamiento, unidades de almacenamiento, canastillas o cestas de almacenamiento, sin el lleno de los requisitos establecidos en el Decreto 1713 de 2002.
12 -Hacer limpieza de cualquier objeto en vías públicas, causando acumulación o esparcimiento de residuos sólidos o dejar esparcidos en el espacio público los residuos presentados por los usuarios para la recolección.
13 -Permitir la deposición de eses fecales de mascotas y demás animales en prados y sitios no adecuados, sin la recolección debida.
14 -No administrar con orden, limpieza e higiene los sitios donde se clasifica, comercializa y reciclan residuos sólidos.
15 -Disponer desechos industriales, sin las medidas de seguridad necesarias o en sitios no autorizados por autoridad competente.
16 -No recoger los residuos sólidos o escombros en los horarios establecidos por la empresa recolectora, salvo información previa debidamente publicitada, informada y justificada, en los términos del artículo 37 Decreto 1713 de 2002.
17 -Arrojar basuras al espacio público desde un vehículo automotor o de tracción animal o humana, estacionado o en movimiento
18 -Entregar o recibir residuos sólidos o escombros para la movilización en vehículos no aptos según la normatividad vigente.
19 -Almacenar materiales y residuos de obras de construcción o de demoliciones en vías y/o áreas públicas.